Art.4. ° Los juicios que se sigan para la averiguacion de las faltas que se cometan contra las prohibiciones contenidas en los artículos anteriores serán juicios breves i sumarios de policía, en los cuales solo se dará a los sindicados, si pudieran ser habidos, el término suficiente para prestar sus descargos: acto continuo de dictará la sentencia del caso, absolutorio o condenatoria.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.