Micelio

Artículo 90

Decreto 2252 de 1995 · por el cual se desarrollan la estructura orgánica y las funciones de la Policía Nacional y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

División de Remonta y Veterinaria. Son funciones de la División de Remonta y Veterinaria, las siguientes

1.

Elaborar y proponer proyectos para la reproducción y adquisición de semovientes.

2.

Proyectar la adquisición de elementos, atalajes, arneses, medicamentos, alimentos y demás accesorios para el mantenimiento y utilización de semovientes en el servicio policial.

3.

Asesorar y apoyar logísticamente la organización y funcionamiento del servicio de remonta y veterinaria.

4.

Coordinar con entidades públicas o privadas el desarrollo de actividades relacionadas con el área, en favor de la comunidad y de la Institución.

5.

Programar revistas a los Departamentos y Escuelas donde funcionan remontas a fin de establecer su grado de operatividad, mantenimiento y cuidado de semovientes y elementos.

6.

Diseñar y ejecutar sistemas de control de inventarios de semovientes y elementos de consumo.

7.

Llevar archivo nacional sistematizado sobre bienes y elementos de la Policía Nacional correspondientes a su área.

8.

Las demás que le determinen la ley y los reglamentos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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