Micelio

Artículo 44

La Sección De Normas Y Clasificación Tendrá Las Siguientes Funciones: 44

Decreto 1322 de 1983 · Por el cual se determinan las funciones de las divisiones y secciones pertenecientes a cada una de las oficinas, direcciones y subdirecciones del Ministerio de Obras Públicas y Transporte

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La Sección de Normas y Clasificación tendrá las siguientes funciones: 44.1 Responder por la correcta aplicación de las normas para el uso de las vías navegables y los puertos fluviales. 44.2 Preparar los estudios relacionados con la fabricación, importación y utilización de los equipos de transporte fluvial. 44.3 Hacer los estudios y elaborar normas para clasificación, construcción e inspección de embarcaciones fluviales. 44.4 Colaborar con la División de Transporte Fluvial en el estudio de los reglamentes de las empresas de transporte fluvial, que sean sometidos a su consideración. 44.5 Elaborar estudios de costos de transporte fluvial. 44.6 Preparar las normas y procedimientos que regulen el funcionamiento de las intendencias e inspecciones fluviales. 44.7 Recopilar la información necesaria para adelantar estudios y proyectos que beneficien la navegación.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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