Los tribunales de honor se integrarán así: un presidente, tres vocales, un fiscal, un asesor jurídico y un secretario, debiendo tomar posesión del cargo ante quien los designó. El presidente, los vocales y el fiscal, deben ser oficiales en servicio activo, superiores en grado o antigüedad al inculpado. El secretario será un oficial o suboficial en servicio activo, según las circunstancias. CAPITULO III De la audiencia.
Decreto 1835 de 1979 →Vigente
Artículo 239
Los Tribunales De Honor Se Integrarán Así: Un Presidente, Tres Vocales, Un Fiscal, Un Asesor Jurídico Y Un Secretario, Debiendo Tomar Posesión Del Cargo Ante Quien Los Designó
Decreto 1835 de 1979 · Por el cual se subroga el reglamento de régimen disciplinario para la Policía Nacional aprobado y adoptado por el Decreto 2857 de 1966
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.