º Las funciones señaladas por este Decreto á los Intendentes Divisionarios serán desempeñadas por los Jefes de Estado Mayor de Brigada ó por un Jefe delegado de éste, en las fuerzas que no estén acantonadas en el lugar de residencia del Intendente ó del Jefe de Estado Mayor de Brigada, según el caso. Comuníquese y publíquese.
Decreto 760 de 1910 →Vigente
Artículo 6
Las Funciones Señaladas Por Este Decreto Á Los Intendentes Divisionarios Serán Desempeñadas Por Los Jefes De Estado Mayor De Brigada Ó Por Un Jefe Delegado De Éste, En Las Fuerzas Que No Estén Acantonadas En El Lugar De Residencia Del Intendente Ó Del Jefe De Estado Mayor De Brigada, Según El Caso
Decreto 760 de 1910 · Por el cual se determinan algunas funciones de los Intendentes Divisionarios
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.