º DE LA RATIFICACION BAJO JURAMENTO. Cuando se trate de queja presentada contra un empleado público por una persona ajena al respectivo organismo, deberá ser ratificada bajo la gravedad del juramento, conforme a las normas del Código de Procedimiento Civil, sin perjuicio que la administración pueda adelantar oficiosamente la investigación cuando lo considere pertinente.
Decreto 2608 de 1988 →Vigente
Artículo 5
º De La Ratificacion Bajo Juramento
Decreto 2608 de 1988 · Por el cual se expide el Estatuto Disciplinario de los Establecimientos Públicos de las Empresas Industriales y Comerciales del Estado, adscritos o vinculadas al Ministerio de Defensa Nacional
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.