Micelio

Artículo 20

El Ministerio De Guerra Queda Plenamente Facultado Para Dar Desarrollo Al Presente Decreto, Ya Sea Por Medio De Decretos Ejecutivos Ó De Resoluciones Ministeriales

Decreto 35 de 1906 · Por el cual se crea el Cuerpo de Gendarmería nacional

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Ministerio de Guerra queda plenamente facultado para dar desarrollo al presente Decreto, ya sea por medio de decretos ejecutivos ó de resoluciones ministeriales.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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