Micelio

Artículo 5

Modifíquese El Artículo 4° Del Decreto 4690 De 2007, El Cual Quedará Así: "artículo 4°

Decreto 552 de 2012 · por el cual se modifica el Decreto 4690 de 2007 "por el cual se crea la Comisión Intersectorial para la prevención del reclutamiento y utilización de niños, niñas, adolescentes y jóvenes por grupos organizados al margen de la ley

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Modifíquese el artículo 4° del Decreto 4690 de 2007, el cual quedará así: "Artículo 4°. Secretaría Técnica. El Director del Programa Presidencial de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario, ejercerá la Secretaría Técnica de la Comisión Intersectorial y desarrollará las siguientes funciones

1.

Coordinar y articular el cumplimiento de las funciones de la Comisión Intersectorial.

2.

Convocar a sesiones ordinarias y extraordinarias, cuando así lo determine el Vicepresidente de la República.

3.

Preparar la agenda de cada sesión.

4.

Elaborar las actas de cada sesión de la Comisión.

5.

Hacer seguimiento a las recomendaciones emanadas de la Comisión.

6.

Preparar los informes de gestión de la Comisión y del seguimiento de las recomendaciones, que será entregado a sus integrantes.

7.

Someter a consideración de la Comisión la información que esta requiera para la coordinación de políticas de prevención del reclutamiento, la utilización y la violencia sexual contra los niños, niñas y adolescentes por grupos armados organizados al margen de ley y por grupos delictivos organizados.

8.

Las demás que le sean asignadas por la Comisión".

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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