Micelio

Artículo 23

Funciones Del Consejo Científico Nacional (Ccn)

Decreto 1666 de 2021 · por el cual se modifica el Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación (SNCTI).

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Funciones del Consejo Científico Nacional (CCN). Las funciones del Consejo Científico Nacional (CCN), son las siguientes: Recomendar y conceptuar de manera permanente al Gobierno y al Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación, sobre temáticas coyunturales o estructurales de ciencia, tecnología e innovación. Aportar evidencia científica sobre temas de interés del Gobierno nacional y/o de la agenda pública. Dar lineamientos para ejercicios de prospectiva y planeación de mediano y largo plazo en ciencia, tecnología e innovación. Recomendar modalidades y criterios de evaluación científica y tecnológica en los programas y proyectos de investigación y desarrollo, incluyendo la evaluación de los resultados e impactos. Recomendar acciones que permitan al país anticiparse al cambio tecnológico y/o aprovechar escenarios futuros. Promover sinergias y enlaces de trabajo entre el Gobierno nacional y la comunidad científica. CAPÍTULO 5 Del relacionamiento y de la articulación del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación (SNCTI) con otros sistemas y otras disposiciones

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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