º. La planta de Oficiales de la Policía Nacional será determinada por el Gobierno. TITULO I De la jerarquía, clasificación, ingreso, formación, ascenso, traslado, destinación, retiro y separación de los Oficiales de la Policía Nacional, función que puede ejercer directamente o por conducto del Ministro de Guerra. CAPITULO I De La Jerarquía
Decreto 465 de 1961 →Vigente
Artículo 3
La Planta De Oficiales De La Policía Nacional Será Determinada Por El Gobierno
Decreto 465 de 1961 · Por el cual se reorganiza la carrera de oficiales de la Policía Nacional
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.