Micelio

Artículo 5

Los Recursos Del Fondo De Trabajo Serán Distintos De Los De Fondo Rotatorios Del Ministerio De Justicia, En Consecuencia, Los Ingresos Y Egresos De Aquél Serán Manejados En Forma Separada E Independiente Y Solo Podrán Ser Destinados A Los Fines Consagrados En Las Leyes Vigentes

Decreto 820 de 1989 · Por el cual se aprueba el Acuerdo número 14 del 3 de mayo de 1974 de la Junta Directiva del Fondo Rotatorio del Ministerio de Justicia.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Los recursos del Fondo de Trabajo serán distintos de los de Fondo Rotatorios del Ministerio de Justicia, En consecuencia, los ingresos y egresos de aquél serán manejados en forma separada e independiente y solo podrán ser destinados a los fines consagrados en las leyes vigentes. Igualmente, con cargo al mismo Fondo de Trabajo se harán todos los gastos necesarios para el funcionamiento y ampliación de la Imprenta Nacional.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 820 de 1989