Micelio

Artículo 21

División De Registro E Información

Decreto 1756 de 2003 · por el cual se aprueba la estructura de la Empresa Social del Estado Luis Carlos Galán Sarmiento.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

División de Registro e Información. Son funciones de la División de Registro e Información de la Unidad Hospitalaria, las siguientes

1.

Cumplir y hacer cumplir las normas técnicas y procedimientos sobre recolección, procesamiento, análisis, emisión y distribución de la información de las diversas áreas de la Unidad Hospitalaria.

2.

Preparar y analizar la información que sea requerida por la dirección y las diversas instancias de la empresa.

3.

Cumplir y hacer cumplir las directrices que se deben aplicar en relación con la organización, administración, gestión, custodia de archivos generales y clínicos de acuerdo con la normatividad vigente en esta materia.

4.

Coordinar el desarrollo de los planes, programas de sistematización y administración de recursos computacionales en la Unidad Hospitalaria que apruebe la empresa y gestionar el soporte y mantenimiento.

5.

Coordinar la organización de los archivos de historias clínicas de las Unidades Hospitalarias, registros asistenciales y velar por su adecuada conservación y utilización.

6.

Las demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1756 de 2003