Micelio

Artículo 243

A Los Detenidos Que Atenten Contra La Moral, El Orden O El Reglamento Interno, Se Les Aplicara Una De Las Sanciones Siguientes: A) Amonestación Privada O Pública

Decreto 1817 de 1964 · Por el cual se reforma y adiciona el Decreto-ley 1405 de 1934 (Código Carcelario), y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

A los detenidos que atenten contra la moral, el orden o el reglamento interno, se les aplicara una de las sanciones siguientes

a)

Amonestación privada o pública.

b)

Posición de plantón hasta un término no mayor de tres horas.

c)

Suspensión de las visitas hasta por un mes.

d)

Privación de enviar o recibir correspondencia hasta por dos meses.

e)

Privación de comprar en el expendido o expendidos del Establecimiento.

f)

Prohibición de tomar alimentos de afuera hasta por un mes.

g)

Aislamiento hasta por diez días.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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