°. Plazos especiales para la presentación y pago de las declaraciones del impuesto sobre la renta del año gravable 2010 para los damnificados por el Fenómeno de La Niña 2010-2011. Los plazos para presentacion y pago de las declaraciones del impuesto sobre la renta del año gravable 2010 para los damnificados por el Fenómeno de la NIña 2010-2011 que se encuentren relacionados en los censos de afectados a que se refiera el artículo 5° del Decreto 4579 de 2010, serán los siguientes: I. Grandes contribuyentes Por el año gravable 2010 deberán presentar la declaración del impuesto sobre la renta y complementarios en el formulario prescrito por la DIAN, las personas jurídicas o asimiladas, las entidades sin ánimo de lucro con régimen especial u demás entidades que a 31 de diciembre de 2010 hayan sido calificadas como "Grandes Contribuyentes" por la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 562 del Estatuto Tributario, dentro de los siguientes plazos atendiendo el último dígito del NIT del declarante que conste en el certificado del Registro Único Tributario, RUT, sin tener en cuenta el dígito de verificación: DECLARACIÓN Y PAGO DE LA SEGUNDA CUOTA Si el último dígito es Hasta el día 1 7 de junio de 2011 2 10 de junio de 2011 3 13 de junio de 2011 4 15 de junio de 2011 5 17 de junio de 2011 6 20 de junio de 2011 7 22 de junio de 2011 8 24 de junio de 2011 9 28 de junio de 2011 0 30 de junio de 2011 PAGO DE LA TERCERA CUOTA Si el último dígito es Hasta el día 1 7 de junio de 2011 2 10 de junio de 2011 3 13 de junio de 2011 4 15 de junio de 2011 5 17 de junio de 2011 6 20 de junio de 2011 7 22 de junio de 2011 8 24 de junio de 2011 9 28 de junio de 2011 0 30 de junio de 2011 II. PERSONAS JURÍDICAS ASIMILADAS Por el año gravable 2010 deberán presentar la declaración del impuesto sobre la renta y complementarios en el formulario prescrito por la DIAN, las demás personas jurídicas, sociedades y| asimiladas, los contribuyentes del régimen tributario especial, incluidas las entidades del sector cooperativo, diferentes a los calificados como "Grandes Contribuyentes", dentro de los siguientes plazos atendiendo el último dígito del NIT del declarante que conste en el certificado del Registro Único Tributario, RUT, sin tener en cuenta el dígito de verificación: DECLARACIÓN Y PAGO DE LA PRIMERA CUOTA Si el último dígito es Hasta el día 1 7 de junio de 2011 2 10 de junio de 2011 3 13 de junio de 2011 4 15 de junio de 2011 5 17 de junio de 2011 6 20 de junio de 2011 7 22 de junio de 2011 8 24 de junio de 2011 9 28 de junio de 2011 0 30 de junio de 2011 PAGO DE LA SEGUNDA CUOTA Si el último dígito es Hasta el día 1 5 de agosto de 2011 2 8 de agosto de 2011 3 10 de agosto de 2011 4 12 de agosto de 2011 5 16 de agosto de 2011 6 19 de agosto de 2011 7 22 de agosto de 2011 8 25 de agosto de 2011 9 29 de agosto de 2011 0 31 de agosto de 2011
Decreto 1358 de 2011 →Vigente
Artículo 1
Plazos Especiales Para La Presentación Y Pago De Las Declaraciones Del Impuesto Sobre La Renta Del Año Gravable 2010 Para Los Damnificados Por El Fenómeno De La Niña 2010-2011
Decreto 1358 de 2011 · por el cual se amplían los plazos para la presentación y pago de las declaraciones tributarias para los damnificados por el Fenómeno de La Niña 2010-2011.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.