Micelio

Artículo 7

Decreto 395 de 1952 · Por el cual se autoriza la emisión y venta de unos títulos de Deuda Pública Interna, y se aprueba un contrato

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo quinto. A partir de la fecha de este contrato y en virtud de haberse convenido la emisión y venta del saldo de cuatro millones trescientos mil pesos ($4.300.000.00) en Bonos Internos de Salinas, de lo cual se ha hablado ya, las partes deberán cumplir en su totalidad las obligaciones que les imponen las clausulas contenidas en el contrato elevado a instrumento público por medio de la escritura número 5575 de fecha 5 de septiembre de 1950, de la Notaria Segunda de Bogotá, y que se ha hecho referencia, y, en consecuencia, el plazo de amortización de los Bonos, sus intereses, privilegios, y demás condiciones se sujetaran en un todo a lo establecido contenida en la escritura número 5575 citada.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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