Artículo único. De la partida apropiada en el Capítulo 117, artículo 1580 del Presupuesto de la vigencia fiscal de 1951 "para pavimentación y construcción de carreteras y otras obras que deben adelantarse con recursos del crédito", hácese la siguiente distribución parcial, para la ejecución de las siguiente obra: Capítulo 117, artículo 1580. Ordinal a). Para la carretera Buga-Madroñal-Buenaventura $ 3.000.000.00 Comuníquese y publíquese.
Decreto 729 de 1951 →Vigente
Artículo 1580
Del Presupuesto De La Vigencia Fiscal De 1951 "para Pavimentación Y Construcción De Carreteras Y Otras Obras Que Deben Adelantarse Con Recursos Del Crédito", Hácese La Siguiente Distribución Parcial, Para La Ejecución De Las Siguiente Obra: Capítulo 117, Artículo 1580
Decreto 729 de 1951 · Por el cual se distribuye una apropiación. (Ramo de Carreteras Nacionales)
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.