Se autoriza al Gobierno para que celebre y firme, sin posterior aprobación del Congreso, una nueva convención con el Banco de la Republica, con el objeto de que los precios de las aguas sales que se expenden a los elaboradores en las salinas de Zipaquirá, Nemocón, Tausa y Sesquilé, así como la sal vijua, sean rebajados a la mitad del precio actual de venta por decalitro. Se estipulará también un precio un poco mayor para las sales que compren los elaboradores que en el curso de un año, a partir de la fecha inicial de la rebaja, no sean socios de una Cooperativa cuya formación procederá el Gobierno a iniciar. La citada rebaja se hará por terceras partes en el curso de tres años.
El Gobierno hará una rebaja igual en las otras salinas nacionales que no estén contratadas con el Banco.