Micelio

Artículo 106

El Presente Decreto Rige A Partir De Su Publicación En El Diario Oficial Y Deroga Todas Las Disposiciones Que Le Sean Contrarias, Y Los Decretos 1393 De 1970, 691 De 1982, 3052 De 1985 Y 1172, 1230 Y 1183 De 1986

Decreto 1600 de 1990 · por el cual se dicta el estatuto de transporte público terrestre automotor de pasajeros y mixto por carretera.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

ARTICULO 106. El presente Decreto rige a partir de su publicación en el Diario Oficial y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias, y los Decretos 1393 de 1970, 691 de 1982, 3052 de 1985 y 1172, 1230 y 1183 de 1986.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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