Micelio

Artículo 5

Ley 84 de 1947 · Por la cual se crea el Fondo Rotatorio de la Fuerza Aérea Colombiana

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Créase el Departamento de Farmacia dependiente del Ministerio de trabajo, Higiene y Previsión Social, o el Ministerio del Ramo, que tendrán como función la inspección y control de la elaboración y venta de medicamentos y estupefacientes, cuyo director será un farmacéutico con título universitario. El Ministerio del ramo, de acuerdo con la Universidad Nacional, procederá a la formación de un cuerpo de inspectores de farmacias y laboratorios de producción farmacéutica compuesto de farmacéuticos en ejercicio legal de la profesión y dependiente del Departamento de Farmacia que se crea por el presente artículo.

Parágrafo

El Gobierno queda facultado para fijar el personal y las asignaciones respectivas con el fin de dar cumplimiento al artículo anterior, así como para abrir los créditos correspondientes en la Ley de Presupuesto Nacional.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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