Micelio

Artículo 2.4.1.8.8.1

Instancia Tripartita Nacional De Protección Y Seguridad (Itps)

Decreto 1066 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo del Interior.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Instancia Tripartita Nacional de Protección y Seguridad (ITPS). Entiéndase como Instancia Tripartita el espacio de coordinación, articulación y diálogo entre los representantes del Gobierno nacional y la población objeto representada como alta parte contratante, con el acompañamiento de la Misión de Verificación de las Naciones Unidas en Colombia acorde con su mandato de verificación de la implementación de los compromisos derivados del Acuerdo Final de Paz en materia de garantías de seguridad.

Este espacio de coordinación, articulación y diálogo se desarrollará en los términos del artículo 2.4.1.8.3.3. del presente decreto.

Parágrafo

La Instancia Tripartita de Protección y Seguridad nacional no sustituye, remplaza o asume funciones de las demás instancias contempladas en el Decreto Ley 895 de 2017.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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