º. Secretaría General. La Secretaría General además de las funciones asignadas en el artículo 20 del Decreto 2119 de 1992 cumplirá las siguientes funciones
Asesorar al Ministro en la formulación de políticas, normas y procedimientos para la administración de los recursos humanos, físicos, económicos, financieros y de informática de la entidad.
Adelantar estudios y desarrollar programas de selección, inducción, capacitación y calidad de vida laboral de los empleados teniendo en cuenta las normas legales vigentes sobre la materia.
Coordinar el proceso de ejecución y control de los recursos financieros de la entidad, así como de la elaboración y presentación de la información financiera de conformidad con las disposiciones legales vigentes.
Coordinar y controlar el desarrollo de las actividades de adquisiciones, suministros y prestación de servicios de apoyo administrativo.
Diseñar y ejecutar el plan de sistematización del Ministerio acorde con el desarrollo general de la institución.
Las demás que le sean asignadas por autoridad competente y las normas legales vigentes.