PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS ADICIONALES Las Entidades Empresariales y Cámaras de Comercio deberán remitir los documentos adicionales atendiendo los aspectos técnicos del presente capítulo: DOCUMENTOS CURIF INFORME PUNTOS ENTRADAS ADICIONALES (Numeral) a. Certificación Estados Financieros 10 NIIF Plenas Individuales G1 b. Informe de Gestión 20 NIIF Plenas Separado G1 c. Dictamen Revisor Fiscal 1.1.3 40 NIIF Pymes Individuales G2 d. Notas de los Estados 01 50 NIIF Pymes Separado G2 Financieros Estados e. Extracto del Acta de Financieros de Reunión Fin de Ejercicio a. Certificación Estados 30 NIIF Plenas Consolidado G1 Financieros 35 NIIF Plenas Combinados G1 b. Notas de los Estados 1.2.3 60 NIIF Pymes Consolidado G2 Financieros 65 NIIF Pymes Combinado G2 c. Informe Especial d. Dictamen Revisor Fiscal a. Certificación Estados Financieros 01A b. Informe de Gestión Estados 70 NIF Contabilidad c. Dictamen Revisor Fiscal Financieros de 1.1.3 Simplificada G3 d. Notas de los Estados Fin de Ejercicio Financieros Grupo 3 e. Extracto del Acta de Reunión a. Certificación Estados Financieros 02 b. Informe de Gestión Estados c. Dictamen Revisor Fiscal Financieros 10 Cámaras de Comercio 1.3.2 d. Notas de los Estados para Cámaras Financieros de Comercio e. Extracto del Acta de Reunión a. Certificación Estados Financieros b. Notas de los Estados Financieros c. Certificación suscrita por el representante legal, 10 Información de Acuerdos de contador y revisor fiscal en 1.5.3.2 03A Recuperación el que se indique si el Acuerdos de deudor ha cumplido con el Recuperación. pago oportuno de las Entidades obligaciones causadas con Empresariales posterioridad al inicio del en acuerdos de proceso. reestructuración (Ley 550 de a. Certificación suscrita por 1999) el representante legal, contador y revisor fiscal en el que se indique si el 20 Información Anual de deudor ha cumplido con el 1.5.2.2 Acuerdos de Recuperación pago oportuno de las obligaciones causadas posteriores al inicio del proceso. a. Certificación Estados Financieros b. Notas de los Estados Financieros c. Certificación suscrita por 03A el representante legal, Acuerdos de contador y revisor fiscal en Recuperación. el que se indique si el Entidades 10 Información de Acuerdos de deudor ha cumplido con el 1.6.2.4 Empresariales Recuperación pago oportuno de las en proceso de obligaciones causadas con reorganización posterioridad al inicio del empresarial proceso. d. Informe que contenga información relevante para evaluar la situación del deudor, tanto para llevar a cabo la negociación, como para adelantar la ejecución del acuerdo a. Certificación suscrita por el representante legal, contador y revisor fiscal en el que se indique si el deudor ha cumplido con el pago oportuno de las obligaciones causadas 20 Información Anual de posteriores al inicio del 1.6.1.3 Acuerdos de Recuperación proceso. b. Informe que contenga información relevante para evaluar la situación del deudor, tanto para llevar a cabo la negociación, como para adelantar la ejecución del acuerdo. Los documentos adicionales solicitados anteriormente, se entenderán válidamente presentados por medio electrónico, en archivos en formato .pdf en los términos del artículo 5 de la Ley 527 de 1999, según el cual, a la información no se le negarán efectos jurídicos, validez o fuerza obligatoria por la razón de que esté en forma de mensaje de datos. Tanto las Entidades Empresariales como las Cámaras de Comercio deberán remitir los documentos adicionales escaneados del original en formato .pdf, a través de la sección “Presentación Informes Empresariales” botón “Ingreso SIRFIN”-“Envío de documentos” del portal empresarial de la Superintendencia de Sociedades https://superwas.supersociedades.gov.co/nsriWebSociedades/login.xhtml, utilizando el número de radicación que le suministro el sistema cuando envió el archivo con extensión XBRL. El sistema SIRFIN, despliega el listado de los documentos que se requieran adjuntar. Las ventanillas dispuestas para el envío de los archivos de los documentos adicionales solo deben ser utilizadas para la remisión de cada uno de ellos, razón por la cual no se debe adjuntar otro tipo de documento, comunicación o solicitud. Una vez enviados los documentos adicionales, el sistema genera un número de cumplida la obligación de presentación de información requerida en los diferentes informes. Para todos los efectos, el número de radicación será la única prueba de cumplimiento de la orden impartida. Las Entidades Empresariales que tengan más de un cierre contable en el año, deben remitir los documentos adicionales por cada uno de los informes diligenciados correspondientes a cada corte. La Superintendencia de Sociedades, ha desarrollado material pedagógico cuya finalidad es la de facilitar el cumplimiento de las instrucciones generadas para la presentación de información financiera y sus documentos adicionales. A través de los siguientes vínculos se puede acceder a todas las ayudas disponibles para el efecto: Video “Documentos adicionales Estados Financieros” https://www.supersociedades.gov.co/web/supertips Documento “Guía práctica de transmisión y reexpresión de estados financieros de fin de ejercicio” https://www.supersociedades.gov.co/documents/20122/532936/GUIA- TRANSMISION-Y-REEXPRESION-DE-ETDOS-FROS_final.pdf/5ce93876-5f73-e167- Tenga en cuenta qué: El preparador es el responsable del contenido de cada uno de los archivos, de tal manera que al remitirlos debe asegurarse que ellos corresponden cada uno con su denominación. A título de ejemplo si se radica el documento denominado “dictamen” el contenido del mismo debe corresponder con el dictamen del revisor fiscal y no con una carta en la que señala que los Estados Financieros se encuentran en proceso de auditoría. Si al momento de radicar cualquiera de los documentos adicionales requeridos ocurre lo referido en el ejemplo u otra circunstancia similar, se entenderá por no presentada la información. CAPITULO II ASPECTOS TÉCNICOS DE LA PRESENTACIÓN DE INFORMACIÓN FINANCIERA APLICABLE A ENTIDADES EMPRESARIALES QUE NO SE ENCUENTRAN EN MARCHA. 2.1 – PRESENTACIÓN DE INFORMACIÓN FINANCIERA DE TRANSICIÓN Y PERIÓDICA DE LOS SUJETOS ADMITIDOS A UN PROCESO DE LIQUIDACIÓN JUDICIAL.
Artículo 1.4
Circular 100-000014 de 2026 · Circular Externa 100-000014 de 27 de marzo de 2026
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.