Artículo segundo. A partir del 1° de enero de 1963, quedan aumentados los salarios rurales superiores a los mínimos vigentes en 31 de diciembre de 1962 y que no excedan de tres mil pesos ($3.000.00) mensuales, incluidos los de actividades de producción o explotación del banano, en tres pesos ($3.00) diarios.
Decreto 240 de 1963 →Vigente
Artículo 2
Decreto 240 de 1963 · Por el cual se reajusta el salario mínimo en el sector agrícola, de los trabajadores menores de diez y seis (16) años, se modifica el artículo 11 del Decreto 235 de 1963, y se dictan otras disposiciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.