Micelio

Artículo 8

Bonificación Por Servicios Prestados

Decreto 386 de 2026 · por el cual se fijan las escalas de asignación básica de los empleos del Servicio Nacional de Aprendizaje (Sena) y se dictan otras disposiciones en materia salarial.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Bonificación por servicios prestados. La bonificación por servicios prestados a que tienen derecho los empleados del Servicio Nacional de Aprendizaje (Sena) continuará reconociéndose en los términos establecidos en el artículo 10 del Decreto 415 de 1979 y en cuantía equivalente al treinta y ocho por ciento (38%), considerando que todos los empleos de la entidad tienen actualmente sueldos superiores a dos millones novecientos cuarenta y un mil quinientos ochenta y nueve pesos ($2.941.589) m/cte.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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