Artículo único Adiciónase la planta personal del Ministerio de Obras Públicas con el siguiente cargo: RAMA OPERATIVA División de Obras Hidráulicas. Sección de Construcción. 1 Ingeniero III, grado 12. Comuníquese y publíquese.
Decreto 2902 de 1961 →Vigente
Artículo 1
Decreto 2902 de 1961 · Por el cual se adiciona el personal de planta del Ministerio de Obras Públicas
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.