Competencia para contratar . La competencia para la celebración de contratos en la Dirección de Impuestos Nacionales será la siguiente
Los contratos cuyo valor fuere inferior a 500 salarios mínimos, legales mensuales vigentes serán suscritos por el Director de Impuestos Nacionales.
Los contratos cuyo valor fuere igual o superior a 500 salarios mínimos legales mensuales vigentes e inferior a 5.000 salarios mínimos, legales mensuales vigentes serán suscritos por el Ministro de Hacienda y Crédito Público.
Los contratos cuyo valor fuere igual o superior a 5.000 salarios mínimos, serán suscritos por el Presidente de la República.
Para la celebración de los contratos en la Dirección de Impuestos Nacionales, se requerirá concepto previo del Comité de Contratación y Presupuesto, salvo para aquellos a los que se refiere el
del artículo anterior.