Micelio

Artículo 210

, Del Actual Presupuesto De Gastos, Para Las Cárceles De Circuito

Decreto 72 de 1928 · Por el cual se prorroga la vigencia del Decreto número 1919 de 17 de noviembre de 1926

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo único. Prorrógase hasta el 31 de diciembre del presente año la vigencia del Decreto número 1919 de 17 de noviembre de 1926, por el cual se aumenta en diez al personal de Guardianes de la Cárcel del Circuito Judicial de Cúcuta, que se tomarán de los señalados en el capítulo 13, artículo 210, del actual Presupuesto de gastos, para las Cárceles de Circuito.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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