Incorporánse asimismo a la red de carreteras nacionales, para su construcción, las siguientes vías de comunicación:
En Antioquia : Sofía-Yolombó-Remedios-Zaragoza.
En Atlántico: Puerto Giraldo-Canal del Dique.
En Bolívar: Mompós-La Peña.
En Caldas: Riosucío-Bonafont-Irra.
En Cauca: Rosas-La Sierra-La Vega-Almaguer-San Sebastián.
En Cundinamarca: El Triunfo-Viotá-Girardot.
En Huila: Suaza-Acevedo.
En Magdalena: Valledupar-Badillo-San Juan de César.
En Nariño: Rosa Florida-Berruecos-San Lorenzo-Taminango-El Rosario.
En Norte Santander: Cúcuta-Catatumbo.
En Tolima: Coyaima-Ataco-Herrera.
En Valle del Cauca: Zarzal-Vallejuelo-Alvarez Salas-Sevilla.
En Choco: Jurado-río Atrato.
° La carretera nacional de que trata el artículo 2° de la Ley 38 de 1928 será Montería-Lorica-Cispatá.
La construcción de las carreteras a que se refiere este artículo se adelantara cuando se incluyan en el presupuesto ordinario las partidas correspondientes.