Funciones de la Dirección de Justicia Formal y del Derecho. Son funciones de la Dirección de Justicia Formal y del Derecho, las siguientes
Diseñar, coordinar y fomentar una política de Estado en materia de justicia formal y del derecho.
Desarrollar propuestas sobre planes y programas que permitan integrar y coordinar acciones que garanticen el mejor funcionamiento de la Administración de Justicia.
Servir de enlace entre la Rama Ejecutiva y la Rama Judicial y los órganos de Vigilancia y Control para hacer efectiva la colaboración armónica
Desarrollar propuestas de organización de la oferta de justicia formal a partir de los análisis de la información estadística recopilada.
Contribuir al análisis e información en los temas de justicia con base en la realidad sociojurídica del país.
Presentar informes relativos al desarrollo de las políticas, los planes y programas en materia de justicia formal y del derecho.
Elaborar programas para asistir a las entidades encargadas de la vigilancia y control de la profesión de abogado y el ejercicio del derecho, en los términos que dispone la legislación vigente.
Apoyar al Ministro y Viceministros en sus relaciones con las autoridades del Sector, con las demás entidades gubernamentales y organizaciones no gubernamentales, y en su participación en foros y organismos internacionales en materia de justicia formal y del derecho.
Promover y realizar los análisis, estudios e investigaciones necesarios para generar conocimiento y el fortalecimiento de las políticas de justicia y del derecho con las entidades y dependencias del Ministerio que tengan injerencia en el tema.
Proponer proyectos de ley o de actos legislativos o de reformas legislativas, así como efectuar el análisis normativo y jurisprudencial en coordinación con la Dirección de Ordenamiento Jurídico, y con la Oficina de Asuntos Legislativos en la presentación, discusión y seguimiento, en materia de su competencia.
Participar en las Juntas, Comisiones, Comités y Grupos Técnicos de los cuales haga parte o por delegación del Ministro o Viceministros.
Atender las peticiones y consultas relacionadas con asuntos de su competencia.
Las demás funciones asignadas que correspondan a la naturaleza de la dependencia.