Como homenaje a dicha ciudad en tan importante fecha, la Nación auxilia al Municipio de Sincelejo con la suma de doscientos mil pesos ($ 200.000.00), para llevar a cabo las siguientes obras: Para la terminación y modernización de los edificios para la terminación y modernización de los edificios del mercado y matadero públicos$50.000.00Para el arreglo, higienización, alcantarillado de los barrios obreros60.000.00Para terminar la pavimentación de sus calles30.000.00Para la construcción de un hotel de turismo60.000.00
Ley 58 de 1943 →Vigente
Artículo 2
Ley 58 de 1943 · Por la cual se asocia a la Nación al segundo centenario de la fundación de la ciudad de Sincelejo
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.