Micelio

Artículo 420

Las Sentencias Se Redactarán Con Observancia De Estos Requisitos: 1º Narración De Los Hechos Con Indicación De Los Nombres Y Apellidos De Los Procesados Y Sus Circunstancias Personales Conocidas, Antecedida De La Palabra Vistos: 2º Consignación De Las Premisas De Las Sentencias En Párrafos Numerados, Antecedida De La Palabra Resultando; En Esta Parte Se Colocará Expresamente Qué Hechos Se Estiman Comprobados Y Se Consignará Lo Relativo A La Personalidad Del

Decreto 250 de 1958 · Junta militar de gobierno- por el cual se expide el código de justicia penal militar

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Las sentencias se redactarán con observancia de estos requisitos: 1º Narración de los hechos con indicación de los nombres y apellidos de los procesados y sus circunstancias personales conocidas, antecedida de la palabra vistos: 2º Consignación de las premisas de las sentencias en párrafos numerados, antecedida de la palabra resultando; En esta parte se colocará expresamente qué hechos se estiman comprobados y se consignará lo relativo a la personalidad del .procesado; 3º Se resumirán las conclusiones definitivas del Ministerio Público y la defensa; 4º En párrafos numerados antecedidos de la palabra considerando, se dirá

a)

Los fundamentos jurídicos de la calificación de los hechos probados;

b)

Los fundamentos jurídicos de la imputación que se haga a cada procesado;

c)

Los fundamentos jurídicos de la apreciación que se haga de circunstancias de mayor y menor peligrosidad o de circunstancias eximentes de responsabilidad o de agravantes o atenuantes de la misma;

d)

Los fundamentos jurídicos y legales de la sanción imponible;

e)

Los fundamentos jurídicos de la condenación en perjuicio;

f)

Los fundamentos jurídicos del fallo absolutorio en su caso;

g)

La cita de las disposiciones legales aplicables;

h)

El empleo en la parte resolutiva de la fórmula: "Administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley".

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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