Micelio

Artículo 420

Las Sentencias Se Redactarán Con Observancia De Estos Requisitos: 1º Narración De Los Hechos Con Indicación De Los Nombres Y Apellidos De Los Procesados Y Sus Circunstancias Personales Conocidas, Antecedida De La Palabra Vistos: 2º Consignación De Las Premisas De Las Sentencias En Párrafos Numerados, Antecedida De La Palabra Resultando; En Esta Parte Se Colocará Expresamente Qué Hechos Se Estiman Comprobados Y Se Consignará Lo Relativo A La Personalidad Del

Decreto 250 de 1958 · Junta militar de gobierno- por el cual se expide el código de justicia penal militar

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Las sentencias se redactarán con observancia de estos requisitos: 1º Narración de los hechos con indicación de los nombres y apellidos de los procesados y sus circunstancias personales conocidas, antecedida de la palabra vistos: 2º Consignación de las premisas de las sentencias en párrafos numerados, antecedida de la palabra resultando; En esta parte se colocará expresamente qué hechos se estiman comprobados y se consignará lo relativo a la personalidad del .procesado; 3º Se resumirán las conclusiones definitivas del Ministerio Público y la defensa; 4º En párrafos numerados antecedidos de la palabra considerando, se dirá

a)

Los fundamentos jurídicos de la calificación de los hechos probados;

b)

Los fundamentos jurídicos de la imputación que se haga a cada procesado;

c)

Los fundamentos jurídicos de la apreciación que se haga de circunstancias de mayor y menor peligrosidad o de circunstancias eximentes de responsabilidad o de agravantes o atenuantes de la misma;

d)

Los fundamentos jurídicos y legales de la sanción imponible;

e)

Los fundamentos jurídicos de la condenación en perjuicio;

f)

Los fundamentos jurídicos del fallo absolutorio en su caso;

g)

La cita de las disposiciones legales aplicables;

h)

El empleo en la parte resolutiva de la fórmula: "Administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley".

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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