Las sentencias se redactarán con observancia de estos requisitos: 1º Narración de los hechos con indicación de los nombres y apellidos de los procesados y sus circunstancias personales conocidas, antecedida de la palabra vistos: 2º Consignación de las premisas de las sentencias en párrafos numerados, antecedida de la palabra resultando; En esta parte se colocará expresamente qué hechos se estiman comprobados y se consignará lo relativo a la personalidad del .procesado; 3º Se resumirán las conclusiones definitivas del Ministerio Público y la defensa; 4º En párrafos numerados antecedidos de la palabra considerando, se dirá
Los fundamentos jurídicos de la calificación de los hechos probados;
Los fundamentos jurídicos de la imputación que se haga a cada procesado;
Los fundamentos jurídicos de la apreciación que se haga de circunstancias de mayor y menor peligrosidad o de circunstancias eximentes de responsabilidad o de agravantes o atenuantes de la misma;
Los fundamentos jurídicos y legales de la sanción imponible;
Los fundamentos jurídicos de la condenación en perjuicio;
Los fundamentos jurídicos del fallo absolutorio en su caso;
La cita de las disposiciones legales aplicables;
El empleo en la parte resolutiva de la fórmula: "Administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley".