º Las normas contenidas en el Reglamento que se aprueba son aplicables a toda clase de aeronaves, pero las de la Fuerza Aérea podrán apartarse de ellas cuando una autoridad militar competente así lo determine. Tampoco se aplicarán en situaciones de emergencia que obliguen al piloto, para evitar peligros, a obrar discrecionalmente o bajo su propia responsabilidad.
Decreto 1430 de 1947 →Vigente
Artículo 2
Las Normas Contenidas En El Reglamento Que Se Aprueba Son Aplicables A Toda Clase De Aeronaves, Pero Las De La Fuerza Aérea Podrán Apartarse De Ellas Cuando Una Autoridad Militar Competente Así Lo Determine
Decreto 1430 de 1947 · por el cual se aprueba el "Reglamento de Tránsito y Reglas de Transporte Aéreo".
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.