Micelio

Artículo 6

Modifíquese El Artículo 2

Decreto 1139 de 2021 · Por el cual se modifica algunos artículos del Libro 2, Parte 4, Titulo 1, Capítulos 2, 3, 4, y 5 y un artículo del título 3, Capítulo 7 del Decreto 1066 de 2015, Único Reglamentario del Sector Administrativo del Interior, en lo que hace referencia a los Programas de Prevención y Protección de los derechos a la vida, la libertad, la integridad y la seguridad de personas, grupos y comunidades

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Modifíquese el artículo 2.4.1.2.26 del Libro 2, Parte 4, Título 1, Capítulo 2 del Decreto 1066 de 2015, Único Reglamentario del Sector Administrativo del Interior, el cual quedará así: “Artículo 2.4.1.2.26. Entidades e instancias intervinientes en el marco de la estrategia de protección . Participan en una o varias etapas de la estrategia de protección, las siguientes entidades e instancias

1.

Ministerio del Interior.

2.

Ministerio de Defensa Nacional.

3.

Fuerzas Militares.

4.

Policía Nacional.

5.

Consejería Presidencial para los Derechos Humanos.

6.

Unidad Nacional de Protección.

7.

Unidad Administrativa Especial de Atención y Reparación a las Víctimas.

8.

Gobernaciones.

9.

Alcaldías.

10.

Comité de Evaluación del Riesgo y de Recomendación de Medidas (CERREM).

11.

Fiscalía General de la Nación.

12.

Defensoría del Pueblo.

13.

Procuraduría General de la Nación”.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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