Micelio

Artículo 5

Dependiente De La Secretaría Funcionarán Los Servicios Administrativos Indispensable Para Atender A Los Aspectos Básicos Del Fomento Inmigratorio Dentro Del País, Y Principalmente La Investigación Sobre Las Necesidades De Mano De Obra, La Recepción, Instalación Y Asistencia Del Inmigrante Y La Coordinación Con Los Organismos, Las Dependencias, Las Instituciones O Las Empresas, Tanto Oficiales Como Particulares, Que Se Interesen En La Inmigración

Decreto 1453 de 1956 · Por el cual se reorganizan los servicios administrativos de inmigración, y se dictan otras disposiciones sobre la materia

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Dependiente de la Secretaría funcionarán los servicios administrativos indispensable para atender a los aspectos básicos del fomento inmigratorio dentro del país, y principalmente la investigación sobre las necesidades de mano de obra, la recepción, instalación y asistencia del inmigrante y la coordinación con los organismos, las dependencias, las instituciones o las empresas, tanto oficiales como particulares, que se interesen en la inmigración. El Gobierno organizará por decreto ejecutivo los referidos servicios administrativos, con base en las recomendaciones del Comité Nacional de Inmigración.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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