Micelio

Artículo 4

Decreto 2061 de 1999 · por el cual se promulgan unos tratados internacionales

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . Promúlgase el "Convenio Internacional del Café", adoptado en Londres el 30 de marzo de 1994. (Para ser transcrito en este lugar se adjunta fotocopia del texto del "Convenio Internacional del Café", adoptado en Londres el 30 de marzo de 1994, debidamente autenticada por el Jefe de la Oficina Jurídica del Ministerio de Relaciones Exteriores). Preámbul o Los Gobiernos signatarios de este Convenio, Reconociendo la importancia excepcional del café para la economía de muchos países que dependen en gran medida de este producto para obtener divisas y continuar así sus programas de desarrollo económico y social; Reconociendo la necesidad de fomentar el desarrollo de los recursos productivos y el aumento y mantenimiento de los niveles de empleo e ingresos en el sector cafetero de los países Miembros, para así lograr salarios justos, un nivel de vida más elevado y mejores condiciones de trabajo; Considerando que una estrecha cooperación internacional en materia de comercio de café fomentará la diversificación económica y el desarrollo de los países productores de café contribuirá mejorar las relaciones políticas y económicas entre países exportadores e importadores de café y a aumentar el consumo de café; Reconociendo la conveniencia de evitar el desequilibrio entre la producción y el consumo, que puede ocasionar marcadas fluctuaciones de precios, perjudiciales tanto para los productores como para los consumidores; Tomando en consideración la relación que existe entre la estabilidad del comercio cafetero y la estabilidad de los mercados de productos manufacturados; Teniendo en cuenta las ventajas que se derivaron de la cooperación internacional por virtud de los Convenios Internacionales del Café de 1962, 1968, 1976 y 1983; Convienen lo que sigue: CAPITULO I. Objetivos

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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