Articulo 1º Hácese el siguiente contracrédito a La Ley de Apropiaciones para la vigencia fiscal en curso, con base en el Certificado de Reserva y Disponibilidad número 41, expedido por el Contralor General de la República el 6 de julio en curso: MINISTERIO DE SALUD PUBLICA CAPITULO 295 División Nacional de Salubridad Pública. Programa III. - Materno-Infantil. 458. Del artículo 3092. Sueldos del personal de los Jardines Infantiles e instituciones de higiene materno-infantil, escolar y dental., dependientes de la División Nacional del Niño, en el año $ 502.100.00 Suman los contracréditos $ 562.100.00 Artículo 2º Con base en el contracrédito a que se refiere el artículo anterior, ábrense los siguientes créditos al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal en curso: MINISTERIO DE SALUD PUBLICA CAPITULO 295 Organismos de la Campaña Antileprosa. Gastos generales en bienes y servicios . 457. Al artículo 3008-A. Combustibles, lubricantes, grasas, impuestos, placas, garajes y demás gastos similares inherentes a este servicio, de los vehículos del Instituto de Investigaciones y Estudios Especiales sobre Dermatología y Lepra, Dispensarios Dermatológicos y demás organismos de La Campaña Antileprosa, en el país, en la presente vigencia y anteriores $ 2.000.00 457. Al artículo 308-B. Reparación, conservación, aseguro y repuestos de los vehículos al servicio del Instituto de Investigaciones y Estudios Especiales sobre Dermatología y Lepra, Dispensarios Dermatológicos y demás organismos de la Campaña Antileprosa, en el país, en la presente vigencia y anteriores. 5.000.00 Programa Materno-Infantil. Servicios personales . 458. Al artículo 3094-A. Indemnizaciones por vacaciones, y en caso de cesantía, de conformidad con el artículo 2º de la- Ley 72 de 1931, reconocidas en la presente vigencia v anteriores 2.100.00 Gastos generales en bienes y servicios. 458. Al artículo 3101-A. Combustibles, lubricantes, grasas, impuestos, placas, garajes, y demás gastos similares inherentes a este Servicio, de los vehículos de la División Nacional del Niño y sus dependencias, en la presente vigencia y anteriores. 8 .000.00 458. Al artículo 3103-A. Gastos imprevistos y gastos menores no con-templados en los demás artículos, de las oficinas de la División Nacional del Niño y sus dependencias, en la presente vigencia y anteriores. 18.000.00 458. Al artículo 3106-A. Para regalos de Navidad a los niños de los Jardines Infantiles que dependen de la División Nacional del Niño. 25.000.00 458. Al artículo 3106-B. Para regalos de Navidad a los' niños inscritos en los Centros de Higiene Materno Infantil dependientes de la División Nacional del Niño $ 8.000.00 Transferencias. 458. Al artículo 3107-A. Para entregar al Secretariado Permanente del Episcopado -Caritas Colombiana-, como ayuda del Ministerio de Salud Pública, para gastos en el transporte de alimentos donados por organismos internacionales 200.000.00 458. Al artículo 3107-B. Para auxiliar a la "Unión Parroquial del Sur", del Distrito Especial de Bogotá. 144.000.00 458. Al artículo 3109-B. Adquisición de equipos, elementos y materias primas, compra de terrenos para ampliaciones, construcciones y reparaciones locativas, gastos de sostenimiento, pago de servicios a jornal y por contrato, y demás gastos similares inherentes al funciona de la Planta de Leche de Chiquinquirá, en la presente vigencia y anteriores 150.000.00 Suman los créditos $ 562.100.00
Decreto 1762 de 1960 →Vigente
Artículo 1
Hácese El Siguiente Contracrédito A La Ley De Apropiaciones Para La Vigencia Fiscal En Curso, Con Base En El Certificado De Reserva Y Disponibilidad Número 41, Expedido Por El Contralor General De La República El 6 De Julio En Curso: Ministerio De Salud Publica Capitulo 295 División Nacional De Salubridad Pública
Decreto 1762 de 1960 · Por el cual se hace un contracrédito y se abren unos créditos adicionales al Presupuesto para la vigencia fiscal de 1960. (Ministerio de Salud Pública)
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.