Vigilancia y control propia . La instancia de vigilancia y control propia realizará el monitoreo, seguimiento, valoración, regulación y armonización al funcionamiento del Sispi para prevenir, advertir, orientar y asistir, para la garantía del cuidado integral de la salud, en coordinación con los órganos de vigilancia institucionales de acuerdo con los direccionamientos de las autoridades indígenas del territorio indígena que conforma el Consejo Regional Indígena del Cauca (CRIC)
Decreto 968 de 2024 →Vigente
Artículo 52
Vigilancia Y Control Propia
Decreto 968 de 2024 · por el cual se dictan normas para la administración y operatividad del Sistema Indígena de Salud Propio e Intercultural (Sispi) para el Territorio Indígena que conforma el Consejo Regional Indígena del Cauca (CRIC).
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.