Micelio

Artículo 3

Las Vísceras De Cadáveres Enviadas Por Las Autoridades A Otros Lugares Para Su Examen En Casos Sospechosos De Envenenamiento, Etc

Decreto 872 de 1922 · Por el cual se reforma el artículo 245 del Código Postal y Telegráfico y se dictan otras disposiciones sobre encomiendas del interior

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Las vísceras de cadáveres enviadas por las autoridades a otros lugares para su examen en casos sospechosos de envenenamiento, etc., deberán acondicionarse en cajas de metal herméticamente cerradas, las cuales, a su vez, se empacarán en cajas de madera cuyo espesor sea de dos centímetros, como mínimo, en sus paredes. En el sobre o envoltura se expresará su contenido de manera visible.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 872 de 1922