Intercambio de información. La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales - DIAN y el Ministerio de Defensa Nacional suscribirán un convenio de intercambio de información para acceder a la información disponible sobre la importación de los bienes descritos en las subpartidas arancelarias previstas en el artículo anterior. Así mismo, se deberá incluir en este convenio el intercambio y actualización periódica de información relevante que pueda ser usada en el sistema de administración y perfilamiento de riesgos de la DIAN, para incrementar la efectividad en el control a las importaciones de maquinaria utilizada en la minería.
(Decreto 723 de 2014, artículo 2°)