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Artículo 28

Conocimientos, Educación Y Redes Ambientales

Decreto 545 de 2026 · Por medio del cual se establecen directrices para el ordenamiento ambiental de la sabana de bogotá.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Conocimientos, educación y redes ambientales. Con el fin de aportar a la protección de la integridad ecológica y del paisaje biocultural de la sabana de bogotá y reconociendo el rol de las comunidades indígenas, locales y organizaciones ambientales y campesinas en su manejo y protección, las corporaciones autónomas regionales, las entidades territoriales y los esquemas asociativos territoriales en el marco de sus competencias deberán implementar las siguientes directrices:

1.

Fortalecer la participación de redes y comunidades étnicas, campesinas, ambientales, académicas, juntas de acción comunal, de la agrobiodiversidad, de educación ambiental, observatorios, acueductos comunitarios, veedurías ciudadanas y de reservas naturales de la sociedad civil para incorporar sus saberes, prácticas y propuestas en las decisiones de ordenamiento ambiental.

2.

Priorizar y fortalecer las acciones de: educación ambiental, investigación participativa, monitoreo ambiental comunitario y ciencia ciudadana, que sirvan como fuente de información para la toma de decisiones ambientales en la sabana de bogotá.

3.

La corporación autónoma regional liderará en coordinación con las entidades territoriales y la autoridad ambiental de la que trata el artículo 66 de la ley 99 de 1993, con el apoyo de la academia, la formulación participativa e implementación de un programa de educación ambiental para promover el conocimiento de la sabana de bogotá como un área de interés ecológico nacional.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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