Recursos para la realización de operaciones de factoring. Para ejercer la actividad de factoring, el factor se financiará de la siguiente manera
A través de recursos aportados por los accionistas o socios del factor;
Con créditos obtenidos en el sistema financiero;
Con los recursos provenientes de terceros con ocasión de mandatos específicos de inversión. En todo caso, los factores no podrán utilizar estos recursos para realizar por cuenta propia, operaciones de factoring;
Con los recursos provenientes de las ventas de cartera a fondeadores legalmente autorizados en el mercado de capitales.