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Artículo 42

Dentro De Las Prescripciones De La Ley Y Las Normas Especiales Que Para Cada Obra Se Dicte El Instituto Nacional De Aprovechamiento De Aguas Y Fomento Eléctrico O La Entidad Encargada De Su Administración, La Junta Especial A Que Se Refiere El Artículo 37 Tendrá Las Siguientes Funciones

Decreto 1112 de 1952 · Por el cual se dictan algunas medidas sobre el estudio, construcción y reembolso de obras de irrigación, desecación y similares

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Dentro de las prescripciones de la ley y las normas especiales que para cada obra se dicte el Instituto Nacional de Aprovechamiento de Aguas y Fomento Eléctrico o la entidad encargada de su administración, la junta especial a que se refiere el artículo 37 tendrá las siguientes funciones

a)

Elaborar, modificar, y complementar el reglamento de administración, explotación y utilización de la obra.

b)

Elaborar los presupuestos anuales de explotación del obra, y de4 adiciones y mejora d la misma.

c)

Determinar las cuotas correspondientes a cada usuario a cada beneficiario dela obra, para cubrir los gastos a que se refiere el numeral anterior.

d)

Oír y decidir los reclamos de los beneficiarios.

e)

Velar por que la administración del obra se lleve en forma adecuada, de acuerdo con las normas pertinentes.

f)

Dictar su propio reglamento.

g)

Cumplir las condiciones especiales que la entidad administradora central les señale en cada caso.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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