Los Fondos de Empleados tendrán ejercicios anuales que se cerrarán el 31 de diciembre de cada año. Al término de cada ejercicio se cotarán las cuentas y se elaborará el balance, el inventario, el estado de resultados y demás informes financieros, que deberán ser enviados dentro del mes siguiente al Departamento Administrativo Nacional de Cooperativas.
Decreto 3381 de 1981 →Vigente
Artículo 50
Decreto 3381 de 1981 · Por el cual se regulan las actividades de los Fondos de Empleados como personas jurídicas que manejan ahorro privado
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.