Artículo primero. Apruébase los estatutos de la Empresa Puertos de Colombia, cuyo texto es el siguiente: «ACUERDO NUMERO 857 DE 1981 (mayo 4) La Junta Directiva de "Puertos de Colombia", en, uso de sus atribuciones legales y en especial de las que lo confiere el artículo 26 del Decreto-ley 1050. de 1968 y el Decreto 1174 de 14 de mayo de 1980, ACUERDA:
Decreto 2465 de 1981 →Vigente
Artículo 26
Del Decreto-Ley 1050
Decreto 2465 de 1981 · Por el cual se aprueban los estatutos de la Empresa Puertos de Colombia
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.