Micelio

Artículo 8

Decreto 310 de 1971 · Por el cual se ordena la emisión y se fijan las denominaciones de los Bonos Agrarios de la Clase "B", emisión de 1970

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo octavo. La amortización de los Bonos Agrarios de la Clase "B", se hará por el sistema de fondo acumulativo de amortización gradual en 100 trimestres a partir de los tres (3) meses siguientes a la fecha de emisión, por medio de sorteos a la par nominal.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 310 de 1971