° el auxilio decretado por el artículo 13. de la Ley 117 de 1943, para auxiliar a los damnificados por el incendio ocurrido el 22 de septiembre de 1943 en la ciudad de Riosucio, del Departamento de Caldas, será repartido por el gobernador del Departamento entre los damnificados por el incendio proporcionalmente a las pérdidas que hayan sufrido, previo avaluó y comprobación de dichas perdidas ante la junta creada por el artículo 2° de la Ley 117 de 1943, previo el cumplimiento de las normas que se dictan para ello por el presente Decreto.
Decreto 2564 de 1945 →Vigente
Artículo 1
El Auxilio Decretado Por El Artículo 13
Decreto 2564 de 1945 · Por el cual se reglamenta la Ley 117 de 1943, en cuanto concede un auxilio a los damnificados por el incendio en la ciudad de Riosucio, del Departamento de Caldas, día 22 de septiembre de 1943
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.