Micelio

Artículo 105

La Apropiación Destinada A La Ejecución Del Programa Fortalecimiento De La Gestión Pública En Las Entidades Nacionales Y Territoriales, Aprobada En La Sección Presupuestal De La Escuela Superior De Administración Pública (Esap), Financiada Con Recursos Diferentes A La Ley 21 De 1982, Será Ejecutada A Través De Convenio Interadministrativo Por El Departamento Administrativo De La Función Pública

Decreto 2411 de 2019 · por el cual se liquida el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2020, se detallan las apropiaciones y se clasifican y definen los gastos.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La apropiación destinada a la ejecución del programa Fortalecimiento de la Gestión Pública en las Entidades Nacionales y Territoriales, aprobada en la sección presupuestal de la Escuela Superior de Administración Pública (ESAP), financiada con recursos diferentes a la Ley 21 de 1982, será ejecutada a través de convenio interadministrativo por el Departamento Administrativo de la Función Pública.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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