De conformidad con los artículos 23 y 149 literal b) de la Ley 1448 de 2011, el Registro Único de Víctimas deberá contribuir al derecho a la verdad recopilando e incorporando las circunstancias de tiempo, modo y lugar que originaron los hechos victimizantes que narren las víctimas en sus declaraciones, las cuales en todo caso serán tratadas con la reserva de la que goza dicha información. -Toda la información suministrada por las víctimas servirá de insumo para contribuir a la verdad, el esclarecimiento de los hechos y las garantías de no repetición.
Ley 2343 de 2023 →Vigente
Artículo 6
Ley 2343 de 2023 · por medio del cual se modifican los artículos 61 y 155 de la Ley 1448 de 2011, y se amplían los términos para declarar ante el Ministerio Público.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.