DECLARACION ADMINISTRATIVA DE LA DEUDA. Corresponde al Director General del Instituto, mediante resolución motivada, declarar la existencia de la deuda constitutiva del "debido cobrar", así como de los intereses y de las multas a que hubiere lugar, pudiendo delegar tal facultad.
Decreto 2665 de 1988 →Vigente
Artículo 87
Decreto 2665 de 1988 · Por el cual se expide el Reglamento General de Sanciones, Cobranzas y Procedimientos del Instituto de Seguros Sociales
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.