°. El presente decreto rige a partir de su publicación. Publíquese, comuníquese y cúmplase. Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 26 de octubre de 1998. ANDRES PASTRANA ARANGO El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Juan Camilo Restrepo Salazar. El Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, Juan Hernández Celis. La Directora del Departamento Administrativo de la Función Pública (E.), Aura Salgado Zamudio.
Decreto 2193 de 1998 →Vigente
Artículo 5
El Presente Decreto Rige A Partir De Su Publicación
Decreto 2193 de 1998 · por el cual se transforma en el Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, el Programa Presidencial para el Desarrollo Hospitalario en el Programa Presidencial para el Afrontamiento del Consumo de Drogas.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.